La planeación fiscal se erige como una herramienta fundamental para los contribuyentes, siempre y cuando se realice de forma ética y en conformidad con la ley. Es imperativo comprender a fondo tanto al cliente como a la operación para llevar a cabo una planificación e interpretación eficaz de las disposiciones fiscales.
En medio de un panorama en constante evolución, la práctica de la planeación fiscal ha ido transformándose a lo largo de las décadas en México, influenciada en gran medida por organismos internacionales como la OCDE, motivando cambios significativos en las leyes fiscales para adecuarse a estándares globales.
Esta evolución normativa ha traído consigo la tipificación de prácticas tributarias, marcando un cambio significativo en la historia del derecho fiscal. Prácticas que antes no eran consideradas delitos o infracciones, como las facturas apócrifas, han sido redefinidas, evidenciando la necesidad de una constante adaptación a las normativas vigentes.
Asimismo, La importancia de la formación en consultoría fiscal se hace patente, promoviendo eventos que fomenten el conocimiento en esta área y pongan de relieve la relevancia de la ética profesional en la prestación de servicios. La adecuada comprensión, interpretación y aplicación del Código Fiscal de la Federación, las diversas leyes del mismo carácter, así como el derecho común, se erigen como un pilar fundamental en la planificación fiscal, garantizando el cumplimiento de las disposiciones legales de manera transparente y armoniosa.
En un contexto donde la elusión fiscal y la ubicación del contribuyente, pueden influir en el cumplimiento cívico, ético, social y tributario, considerando la incursión de la Inteligencia Artificial como herramienta de fiscalización, es esencial analizar detenidamente las implicaciones legales y fiscales de las prácticas fiscales utilizadas, que en el pasado se agazaparon en la opacidad y hoy, pueden ser confrontadas ante un juez de control, cuando la representación social manifiesta que no solo se cometió una infracción administrativa, además, se realizaron hechos con apariencia de delito.
Se debe destacar la importancia de identificar y diferenciar actos jurídicos que tienen repercusiones fiscales que hasta hace unos lustros fueron empleados de manera arbitraria, por ejemplo, donaciones y herencias, subrayando que estas últimas solo pueden llevarse a cabo tras el fallecimiento del titular de los bienes, por lo que resulta inadmisible decir que hubo una herencia en vida. Por lo que hace a las autoridades encargadas de la aplicación de la ley, se resalta la necesidad de respetar la irretroactividad de las normas en perjuicio de los gobernados y el derecho de audiencia de los contribuyentes, ofreciendo recomendaciones clave para los consultores fiscales en su labor diaria.
Se puede concluir que la evolución y los desafíos de la planeación fiscal en México requieren de un enfoque proactivo y ético, donde el conocimiento profundo de las leyes fiscales y una constante actualización se erigen como clave para una planificación efectiva y en respeto irrestricto a la ley.
Elaborado por: C.P.C. y L.D. Jesús Hernández Rodríguez
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