Desde hace años, hemos estado acostumbrados a que la transportación de las mercancías de comercio exterior por el país siempre se realizaba con la Carta Porte, es importante recordar que desde el 1 de enero de 2022, es obligación no solo emitir la Carta Porte para amparar la trasportación de las mercancías sino también realizar el CFDI, que es nuestro comprobante fiscal al cual se le incorpora el complemento de Comercio Exterior con los lineamientos, con todas las disposiciones que han emitido las autoridades fiscales.
Para conocer más a detalle todo lo relacionado con este interesante tema, te invitamos a dar clic al siguiente video en el cual nuestro expositor el Lic. Arturo Hernández de la Cruz nos comparte dicha información.
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